Accidentes de tránsito siguen pese a Ley penal

El exceso de pasajeros en buses es considerado delito culposo. Foto: EL COMERCIO

El exceso de pasajeros en buses es considerado delito culposo. Foto: EL COMERCIO

El exceso de pasajeros en buses es considerado delito culposo. Foto: EL COMERCIO

Lineida Castillo. Redactora (I) lcastillo@elcomercio.com

La inclusión de la Ley de Tránsito en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) con reformas que elevaron las sanciones no soluciona la inseguridad vial en el país. Los siniestros siguen en aumento. Las estadísticas de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) lo confirman.

La nueva ley penal entró en vigencia el 10 de agosto pasado. Desde ese mes hasta octubre se han reportado 8 842 accidentes en el país. En el mismo período del año pasado hubo 7 252.

Pichincha, Guayas, Manabí y Tungurahua lideran las cifras de accidentes. La impericia e imprudencia del conductor se ubican como las principales causas a escala nacional. En el COIP esta infracción está tipificada como delito culposo.

La nueva norma incrementó a 10 años el mínimo de la pena por accidente con muerte, al conductor que maneje en estado de embriaguez. No obstante, tres meses después de que entrara en vigencia el Código esta se mantiene como la cuarta causa de percances. Este año se han registrado más de 1 920 muertes en percances viales.

Según el juez de la Unidad de Garantías Penales, Fernando Moreno, no hay un cambio de actitud en los conductores ni peatones. “Todas las semanas hay casos de siniestros relacionados con el alcohol”. Agrega que los choferes deben estar conscientes de que cuando conducen están al frente de una máquina. Las leyes se endurecieron para el transporte público, pero el control es limitado. En Cuenca, los operativos para verificar el estado mecánico se efectúan los fines de semana.

Conducir ebrio

Dentro del COIP se incluyeron tres niveles para juzgar a los conductores ebrios. Ese fue uno de los principales cambios anunciados en materia de tránsito. Pero desde agosto (la norma rige desde el 10 de ese mes) hasta octubre, la embriaguez del conductor es una de las cincos primeras causas de siniestros en las vías. Solo en agosto se presentaron 188 casos, en septiembre 150 y en octubre subió a 196 en el país. El número de muertes también subió en los dos últimos meses: de 124 a 170.

Los peatones

La imprudencia de los pasajeros también se incluyó en el COIP. Cuando el responsable del accidente sea el peatón será sancionado con multas económicas y prisión, de acuerdo con las circunstancias del accidente.

El viernes, en la avenida 10 de Agosto en Quito, la gente cruzaba entre los autos, pese a que a 50 metros había un paso cebra. Según la Agencia Nacional de Tránsito, la imprudencia del peatón provocó 1 741 accidentes a escala nacional en estos 10 meses.

Manejar sin licencia

Los infractores que conduzcan un vehículo sin portar licencia recibirán una pena privativa de libertad de tres días. Como parte de la sanción, el conductor deberá cancelar como multa económica un salario básico (USD 340).

Pero hasta el momento se ha reportado conductores que conducen sin este documento o que este se encuentra caducado.

Solo en los primeros 20 días de la vigencia de la norma, la Agencia Nacional de Tránsito extendió 31 554 documentos en el país.

Los pasajeros

El exceso de pasajeros en buses es considerado un delito culposo y aplica penas de entre seis meses y un año de prisión. En este tema no hay controles ni en Cuenca ni en Quito. En las horas picos (06:30, 12:30 y 18:00) los buses viajan con el doble de pasajeros de la capacidad fijada. Otro problema es que las camionetas aún llevan pasajeros en las parrillas. El viernes, los hermanos Luis y Andrés llegaron a la Escuela José Tomás Rendón (parroquia cuencana de El Valle) en el balde de la camioneta.

Exceso de velocidad

Es la tercera contravención de tránsito en la que el COIP establece prisión de tres días (numeral 3). Los conductores que se exponen a ese castigo son los que manejen un vehículo y excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado. Pese a esto, en los reportes mensuales que publica la ANT se ve que el exceso de velocidad provocó
3 195 hechos violentos en las carreteras. Esas cifras corresponden a los 10 meses del 2014 y el comportamiento no ha variado, pese a la norma penal.

Las llantas lisas

Las llantas en mal estado son consideradas una contravención. Se fijó una pena privativa de libertad de cinco a 15 días y para los choferes de transporte público se duplica la sanción. Además, una multa económica de tres salarios básicos unificados y la suspensión 30 días de la licencia de conducir.
La Empresa Municipal de Movilidad enfoca sus controles por este tema en la terminal terrestre a las unidades interprovinciales. Se priorizan los fines de semanas y feriados.

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