Una mujer denunció a su esposo por insultos y lo juzgaron con la nueva ley

“Las palabras también hieren”. Es una frase común que posiblemente usted alguna vez escuchó. Pero para un quiteño de 51 años, sus palabras le llevaron a los juzgados.

Su esposa lo denunció por violencia psicológica, un nuevo delito que según el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se sanciona con prisión desde 30 días, si es primera vez, hasta 3 años de cárcel en los casos más graves.

En la audiencia de flagrancia, que se realizó el martes, el detenido explicó que no fue solo él quien dijo términos soeces. Según contó, todo empezó porque la noche del lunes su esposa llegó muy tarde a casa. “Le pregunté de donde venía, pero no me quiso decir. Le dije que siempre hace lo que le da la gana y que es un mal ejemplo para nuestros hijos”, relató el ciudadano ante el juez. La pelea estalló -contó- cuando le dijo a su pareja que se vaya a dormir en otro cuarto.

Mientras contaba los por menores de la discusión, el padre de familia rompió en llanto: “Ya no le aguanto a esa mujer, ella me insulta y me falta el respeto”. El juez le pidió que se tranquilice, el hombre le agradeció a la autoridad por dejarlo expresarse. “Es su derecho”, dijo el juez.

Por otro lado, el fiscal, acusó al hombre por lo que denominó: “daño psicológico” a la denunciante. En la denuncia, la víctima aseguró que su esposo era celoso y que sospechaba que tenía un amante. El fiscal presentó como evidencia una boleta de auxilio en contra del hombre.

El defensor público del detenido también mostró una boleta de auxilio, esta vez a favor del procesado. “Él también ha sido víctima de maltrado”, dijo.

El COIP habla de tres tipos de violencia psicológica: leve, moderada y severa. Esta última se produce cuando “se causa un daño psicológico severo que aún con la intervención especializada no se ha logrado revertir”. Para esos casos, la pena es de una a tres años de prisión.

El ciudadano, por suerte, no recibió prisión preventiva. Sin embargo, el juez ordenó que no se acerque a su esposa y que salga de la casa. En 30 días, cuando termine la instrucción fiscal, la pareja volverá a verse. Esta vez, para una audiencia previa al juzgamiento. En ese mes, la recomendación del juez fue: “arregle las cosas con su mujer”.

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