Luis Chiriboga, presidente de la FEF. Foto: Archivo EL COMERCIO
La pugna entre los equipos ecuatorianos y Luis Chiriboga, presidente de la Ecuafútbol, tiene un nuevo detonante. La divulgación de un audio agitó el avispero.
La grabación presuntamente habría sido realizada el sábado 18 de octubre durante una reunión de Chiriboga con los presidentes de las Asociaciones provinciales de fútbol, en Riobamba. En ese audio, difundido este miércoles 22 por Teleamazonas, se escucha una voz -atribuida a Chiriboga-, que se refiere a un posible plan para frenar la Liga profesional de fútbol. Se dice que se convocará para febrero o marzo a un congreso extraordinario para votar, negar y sepultar el proyecto, el cual es impulsado por clubes como Liga de Quito, River Plate-Ecuador, Manta, Universidad Católica, críticos de la gestión del dirigente que lleva 16 años en la FEF.
Consultado sobre el tema, Chiriboga fue enfático. Dijo que se pronunciará cuando haya una firma de responsabilidad de la persona que hizo la grabación.
La noche del martes 21 de octubre, Daniel Álvarez, secretario de la Asociación de Manabí, quien actuó en la reunión del sábado 18 en representación de su entidad, se atribuyó el audio, pero aseguró que no lo filtró a las redes sociales ni a periodistas. “Yo, personalmente, lo hice (grabar la reunión) utilizando mi teléfono que estaba sobre la mesa a la vista de todos… porque tenía que informar a la gente de la Asociación, respecto a los temas que se trataron”.
Álvarez dijo que estuvo cuatro horas en la reunión, pero que fue expulsado de la misma por el propio Chiriboga. Según su versión, el Presidente de la FEF recibió una llamada y de inmediato se acercó al dirigente manabita. “Me dijo que no soy digno de estar en esa reunión y se me acusó de estar filtrando la información”, dijo Álvarez.
El directivo manabita considera que no obró mal. “Ahí en redes sociales se empezó a filtrar, pero yo no tengo nada que ver sobre el caso”.
Desde el 10 de agosto, está vigente en el Código Integral Penal una sanción por violar la intimidad. El artículo 178 contempla una pena privativa de libertad de uno a tres años contra quien acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique comunicaciones privadas o reservadas de otra persona, sin contar con su consentimiento o autorización legal.