Pocos organismos financieros tan oscuros, opacos y malévolos como el Istituto per le Opere di Religione (IOR), también llamado Banco Vaticano. En los ochenta la cabeza del banco, el arzobispo Paul Marcinkus, fue acusado de participar en la quiebra fraudulenta del Banco Ambrosiano y evadió el arresto escondiéndose en la Ciudad del Vaticano.
Roberto Calvi, llamado “Banquero de Dios” al financiar las actividades religiosas a través del Ambrosiano, huyó con pasaporte falso a Londres donde fue misteriosamente asesinado bajo el Blackfriar’s Bridge.
Posteriormente, el IOR ha sido acusado del lavado de los bienes saqueados a las víctimas del nazismo, de financiar movimientos anticomunistas y guerrillas, entre ellos los sanguinarios Contras nicaragüenses. En el 2010 se embargaron 23 millones de euros por violaciones a la normativa anti-blanqueo de capitales… en fin una institución pura purita. ¿Saben cuantas veces en toda su historia el IOR ha publicado sus cuentas? ¡Dos! Una, dos, ¡eso es transparencia!
Las ganancias del IOR se ponen a disposición de la Santa Sede; en el 2012 se transfirieron 50 millones de euros. El año pasado, Der Spiegel publicó que más de 1 000 clientes del banco tenían cuentas ilegales, que en su mayoría escondían dinero negro. Pues imaginen de dónde provenía la financiación de cirios y celebraciones.
Bajo la presión de reguladores internacionales antiterroristas y antilavado finalmente el papa Francisco decidió reformar el banco. El Financial Times ha reportado que 3 000 cuentas se han cerrado y 2 000 bloqueado. Tras la limpieza –y otras depreciaciones– los beneficios del banco han caído en un 96%.
Esta actualidad pecuniariamente negativa para la Santa Sede se une a otra tendencia legislativa particularmente interesante. En la mayoría de países desarrollados y de renta media, hay mecanismos de financiación fiscal de las organizaciones religiosas, por ejemplo las contribuciones de los particulares pueden ser descontadas de la base imponible (hasta un cierto porcentaje) o en otros países el contribuyente puede elegir el uso de un pequeño porcentaje de sus impuestos y puede destinarlos a la religión (en Italia es del 0,8%).
Pero, con razón, últimamente se entiende que el principio laico de separación de la religión y el Estado implica que este último se abstenga de sostener acciones que no persigan directamente el interés público.
Varias organizaciones religiosas realizan actos de caridad, pero bajo el mandato fundamental de evangelizar y difundir su fe. Entonces estas acciones no son estrictamente “actos caritativos” por lo que no deberían recibir apoyo estatal.
Esta última tendencia legislativa en múltiples países mermará gravemente las ya empobrecidas arcas eclesiásticas. Posiblemente la Iglesia deba volver a su fuente de financiación inicial.