Las disputa entre Rafael Correa y Jaime Nebot por las competencias de tránsito continúa. Foto: Enrique Pesantes / EL COMERCIO
El tema de las competencias de tránsito enfrenta al gobierno del presidente Rafael Correa y al alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot. De por medio hay advertencias de cada parte.
En declaraciones recientes, el Primer Mandatario señaló que hará cumplir la Ley al Municipio. “Las competencias son exclusivas y obligatorias. No es que si yo quiero las acepto y si no quiero no las acepto (…) Tenemos todos los instrumentos para hacerle cumplir la ley y lo aplicaremos en su debido momento”, dijo.
En respuesta, el Burgomaestre del Puerto Principal lanzó una respuesta tajante: “Es mejor que me ría porque donde yo me caliente y se caliente el pueblo de Guayaquil, tenga la seguridad que los que no se van a reír son ellos”.
La postura del Municipio de Guayaquil
El alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, se basa en dos aspectos para no aceptar aún la competencia de tránsito de parte del Gobierno Nacional: los fondos transferidos son inferior a los que corresponden y no está fijada la estructura tarifaria.
Los USD 30 millones transferidos a través del Ministerio de Finanzas, el pasado 16 de septiembre, fueron devueltos por el Cabildo pues según sus cuentas son USD 44,2 millones los que debe recibir para asumir la competencia.
Andrés Roche, gerente de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM), explicó que la diferencia tiene que ver con el valor de los subsidios que venía pagando el Gobierno a los transportistas para mantener congeladas las tarifas del transporte público, esto es USD 350 por cada unidad urbana y USD 600 por cada articulado de la Metrovía.
Además, la exigencia complementaria es que el régimen establezca la estructura tarifaria pues acusan al Gobierno de disfrazar un alza de pasajes para que los municipios sean señalados de realizar la misma, políticamente considerado una ‘papa caliente’.
Argumento
Jaime Nebot se basa en el artículo 273 de la Constitución para no recibir la competencia pues según el mismo no habrá entrega de competencias si no se asignan los suficientes fondos salvo la expresa aceptación de la entidad que asuma la competencia. “¿Nosotros hemos aceptado que nos den menos dinero del que nos corresponde? No, pues entonces, no se ha traspasado esa competencia”.
La resolución 006 del Consejo Nacional de Competencia, del 26 de abril del 2012, se apunta que cuando la política tarifaria incluya subsidio, el Gobierno Central continuará aplicándolo.
Según Andrés Roche, la prueba de que los subsidios a los transportistas existen y están vigentes, es su inclusión en el Presupuesto General del Estado para el presente año, presentado por el Ejecutivo a la Asamblea para su trámite, el 9 de diciembre del 2013 “por lo que es falso que los subsidios se hayan pagado hasta el año pasado”. En la página 149 de la edición especial número 76 del Registro Oficial del año 2013, bajo el título “Subsidios del Estado 2014”, se establece el subsidio al transporte urbano en USD 48,8 millones.
La Resolución N° 100, del 27 de agosto del 2014, de la Agencia Nacional de Tránsito, consigna la política de tránsito en materia de pasajes, en base a la suma de los costos operativos, el 15% de utilidades de los trabajadores y el 22% del impuesto a la renta, sumados los cuales se encima un 13% de utilidad mínima garantizada, “que implicaría la subida de los pasajes”.
El artículo 6 de dicha resolución, según el cual el Cabildo dice que se fija una política tarifaria que ordena la subida del pasaje urbano, indica que “la determinación de la tarifa deberá ser ajustada hasta obtener una Tasa de Rentabilidad del 13%…”.
Según el artículo 7, “los Gobiernos Autónomos Descentralizados, que hayan asumido la competencia – la municipalidad de Guayaquil no la ha asumido- fijarán las tarifas por los servicios de transporte terrestre público intracantonal o urbano… en observancia a la metodología dispuesta en los artículos precedentes y al tenor del análisis técnico que motivaron la presente resolución…”.
La Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su artículo 29 numeral 5, establece que es potestad de la Agencia Nacional de Tránsito realizar un estudio para la fijación de una tarifa.
La postura del Gobierno Nacional
El presidente Rafael Correa ha cuestionado insistentemente, los últimos días, que el Municipio de Guayaquil no haya todavía asumido las competencias de tránsito como sí lo han hecho otros Cabildos.
“Él (Jaime Nebot) está fuera de la ley y tenemos todos los instrumentos para hacerlo cumplir la ley y las aplicaremos en su debido momento”, expresó el Mandatario para quien no existe argumento legal ni constitucional para que el Municipio de Guayaquil no cumpla con dicha disposición.
El director de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Héctor Solórzano, anunció la entrega de las competencias de títulos habilitantes al Municipio de Guayaquil. Y estableció el 15 de enero del 2015 como fecha límite para que asuma la competencia de control del tránsito.
La ministra de Transporte, Paola Carvajal, refuta el argumento de Nebot de que el Gobierno ya realizó un alza de la tarifa mediante la Resolución 100 de la ANT. “Esa metodología, que fija una rentabilidad del 13% para el transportista, queda a criterio de los cabildos. Aquí no se habla de ningún aumento, este proceso tiene que ser a través de un sistema de análisis sumamente técnico, que defina realmente valores. Es el Municipio el que tiene que tomar decisiones”.
Argumentos
El artículo 269 de la Constitución dispone que la de tránsito es una competencia exclusiva y obligatoria que deben asumir todos los Municipios.
Mediante resolución emitida por la Dirección Ejecutiva de la ANT, el 12 de septiembre de 2014, se transfirieron las transferencias de títulos habilitantes con la finalidad de que el GAD de Guayaquil proceda a planificar y regular el transporte terrestre, tránsito y seguridad vial dentro de su jurisdicción y otorgar permisos de operación en las modalidades de Transporte intracantonal, taxi convencional, escolar – institucional y carga liviana, así como las competencias de regular y fijar las tarifas de los servicios de transporte terrestre, en sus diferentes modalidades.
Héctor Solórzano argumenta que el literal H del artículo 30.5 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, otorga a los municipios la potestad de definir la tarifa para el transporte público en cada una de sus jurisdicciones.
Según el presidente Rafael Correa, los recursos que se transfirieron al Municipio de Guayaquil, son los que dispone la resolución 6 del Consejo Nacional de Competencias.
Según el artículo 3 de la Ley de Transporte “el Estado garantizará que la prestación del servicio de transporte público se ajuste a los principios de seguridad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad y calidad, con tarifas socialmente justas”. Según Correa el Estado es el Gobierno central, el Gobierno municipal (…). “Hay irresponsables que dicen que por este artículo, el Gobierno central es responsable de poner la tarifa”.
Tal como ordenaba el Consejo Nacional de Competencias 7 de 8 de municipios del Grupo A, asumieron sus competencias hasta mayo del 2013. Solo Guayaquil no lo ha hecho de manera total hasta ahora.
Para el Gobierno ninguna disposición legal establece los subsidios como parte de las tarifas. Las compensaciones (no subsidios) que se otorgaba a los transportistas se entregaron hasta mayo del 2014 (según Correa por eso está en el Presupuesto del Estado 2014) en que concluyó el convenio firmado y que fue extendido pues, en principio tenía como plazo diciembre del 2013.
El Gobierno Central, mantendrá todos los programas y planes de beneficios al sector transportista como Plan Renova, exoneración de aranceles para llantas, exoneración de aranceles para buses, exoneración de impuesto verde, y el subsidio al combustible.
La resolución No. 006 del Consejo Nacional de Competencias, en su disposición general sexta, establece que “en el caso de que la política tarifaria incluya subsidios, el Gobierno central continuará aplicándolos”. Al respecto, la ministra Paola Carvajal dice que no hay un documento legal que diga que hay un tipo de subsidio.