Proliferación de candidatos
Compatriotas… ¿Han visto la plantilla de los ilustres candidatos que aspiran llegar tanto a la presidencia como a las más altas dignidades en un indefenso y pequeño país tercermundista como el nuestro? Increíblemente, se parece a las carteleras cinematográficas.
La gente honesta no puede concebir tanta ambición y sinvergüencería de aquellos oportunistas que, a sabiendas de que no tienen ninguna posibilidad de triunfo, pues no cuentan sino con el voto de sus familiares y vecinos de barrio, tan solo se prestan para crear confusión y dividir al electorado en una forma por demás irresponsable, bajo el lema “Divide y vencerás”. Basta consensuar una noche bohemia entre tragos, bromas, gallos y medianoche para conformar los flamantes binomios e inscribir, irresponsablemente, sus candidaturas; seguros de que el CNE los aceptará sin requisito alguno y menos se dará el tiempo para investigar sus antecedentes personales. Binomios inscritos a la ligera y, como es obvio, financiados con nuestros dineros, en un país que, como sabemos, se debate en la pobreza y el abandono.
Esto no sería posible si el CNE aparte de los requisitos indispensables, se propusiera investigar a fondo los antecedentes de estos “Ilustres” candidatos antes de inscribir estas nefastas y ambiciosas candidaturas. Lo correcto sería que, en un país tan pequeño y pobre como el nuestro, no existan más de cuatro candidatos presidenciales, lo que representaría un inmenso ahorro económico, además de reducir los molestosos ruidos que acaban con nuestra salud mental, auditiva y, lo que es más… Con nuestra paciencia.
Fabiola Carrera Alemán
El Tribunal contencioso
La facultad coactiva a favor de las empresas del Estado fue establecida en 2008, en el gobierno de Rafael Correa, una facultad proclive a abusos. El Tribunal Contencioso Administrativo es la última instancia que tenemos los ciudadanos, para defendernos de los abusos de las Empresas del Estado. El TCA por su misma naturaleza, contenciosa administrativa, “es un foro “oral y presencial” para tener un intercambio de documentos y la interacción entre las partes, para llegar rápidamente a una solución”, como lo dice la Dra. Jacome Ordoñez, CNJ 2016.
El TCA hace una interpretación antojadiza del Art 4 del COGEP, para conducir los juicios vía telemática u “oral”, parece no ve que dice: “salvo los actos procesales que deban realizarse por escrito”. El manejo, vía telemática y oral, viola el debido proceso, y hace imposible tener un juicio justo, porque le permite al juez ponente manejar los tiempos y la audiencia a su antojo.
El TCA en la audiencia de juicio, se evidenció la intención de este manejo vía telemática y “oral”, fue desestimar documentos y pruebas escritas, le dicen a mi abogado que “no lea” para que “memorice cifras y datos” de cada prueba, en “seis minutos” que generosamente el juez le concede a mi abogado, solicitamos un perito, y el juez le pregunta a CNEL que responde solo si es de su grupo. El CNEL pretende cobrarme una deuda que no es mía, como he demostrado con los mismos documentos de CNEL, que el TCA parece no puede o no quiere ver. Le pregunto al lector: ¿Es CNEL una Empresa de servicio público? ¿Creen que el TCA es un foro de justicia?
“El Estado tiene leyes para obligarte a todo y una justicia para que no puedas reclamar nada”.
Juan Orus Guerra